Informacion Electoral

 
 
 
 

DELITOS ELECTORALES


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Se impondrá prisión de 1 a 3 años para aquellas personas que:

• Mediante violencia o intimidación impidan ejercer un cargo electoral o el derecho al voto.
• Fuercen u obliguen a un elector antes o durante las horas señaladas para la elección, impidiendo el ejercicio de un cargo electoral o de su voto.
• Suplanten a un elector, o voten más de una vez en la misma elección o de cualquier otra forma emitan su voto sin derecho.
• Sustraigan, destruyan o sustituyan urnas utilizadas en una elección.
• Sustraigan, destruyan, sustituyan, adulteren u oculten boletas del cuarto oscuro.
• Sustraigan, destruyan o sustituyan los votos de los electores.
• Falsifiquen, total o parcialmente, utilicen una falsificación, sustraigan o destruyan actas y documentación electoral o que por cualquier otro medio hagan imposible o defectuoso el escrutinio de la elección.
• Adulteren el resultado del escrutinio.

SE IMPONDRÁ PRISIÓN DE 2 MESES A 2 AÑOS para aquellas personas que por medio de engaño, induzcan a otras a votar en determinada forma o abstenerse de ejercer su voto.

SE IMPONDRÁ PRISIÓN DE 3 MESES A 3 AÑOS para aquellas personas que utilicen medios tendientes a violar el secreto del voto.

SE IMPONDRÁ PRISIÓN DE 1 MES A 18 MESES para aquellos electores que revelen su voto al momento de emitirlo.

SE IMPONDRÁ PRISIÓN DE 6 MESES A 3 AÑOS para aquellos electores que falsifiquen un padrón electoral o adulteren documentos y que, a sabiendas, lo utilice en actos electorales. Como así también a quienes retengan documentos cívicos de terceros.

SE IMPONDRÁ PRISIÓN DE 6 MESES A 2 AÑOS para aquellas personas que obstaculicen, demoren o detengan el transporte de cualquier documentación electoral.

Fuente:Dirección Nacional ELectoral | Justicia Nacional Electoral

 


 

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