DELITOS ELECTORALES
Si te sirve. RECOMIENDALO!!!
Se impondrá prisión de 1 a 3 años para aquellas personas que:
• Mediante violencia o intimidación impidan ejercer un cargo electoral o el
derecho al voto.
• Fuercen u obliguen a un elector antes o durante las horas señaladas para la
elección, impidiendo el ejercicio de un cargo electoral o de su voto.
• Suplanten a un elector, o voten más de una vez en la misma elección o de
cualquier otra forma emitan su voto sin derecho.
• Sustraigan, destruyan o sustituyan urnas utilizadas en una elección.
• Sustraigan, destruyan, sustituyan, adulteren u oculten boletas del cuarto oscuro.
• Sustraigan, destruyan o sustituyan los votos de los electores.
• Falsifiquen, total o parcialmente, utilicen una falsificación, sustraigan o
destruyan actas y documentación electoral o que por cualquier otro medio
hagan imposible o defectuoso el escrutinio de la elección.
• Adulteren el resultado del escrutinio.
SE IMPONDRÁ PRISIÓN DE 2 MESES A 2 AÑOS para aquellas personas que por medio
de engaño, induzcan a otras a votar en determinada forma o abstenerse de ejercer
su voto.
SE IMPONDRÁ PRISIÓN DE 3 MESES A 3 AÑOS para aquellas personas que utilicen
medios tendientes a violar el secreto del voto.
SE IMPONDRÁ PRISIÓN DE 1 MES A 18 MESES para aquellos electores que revelen
su voto al momento de emitirlo.
SE IMPONDRÁ PRISIÓN DE 6 MESES A 3 AÑOS para aquellos electores que
falsifiquen un padrón electoral o adulteren documentos y que, a sabiendas,
lo utilice en actos electorales. Como así también a quienes retengan documentos
cívicos de terceros.
SE IMPONDRÁ PRISIÓN DE 6 MESES A 2 AÑOS para aquellas personas que
obstaculicen, demoren o detengan el transporte de cualquier documentación
electoral.
Fuente:Dirección Nacional ELectoral | Justicia Nacional Electoral

















