Como parte de la Accesibilidad Electoral (garantizar que todos los electores tengan iguales oportunidades y condiciones para ejercer su derecho al voto) se incorpora la figura del Voto Asistido.
¿En que consiste el Voto Asistido?
Los electores ciegos o con una discapacidad o condición física permanente o transitoria que impida,restrinja o dificulte el ejercicio del voto podrán sufragar asistidos por el presidente de mesa o una persona de su confianza.
¿Quiénes pueden asistir a los electores con discapacidad o limitaciones al momento de votar?
En caso de ser asistido por un acompañante de su confianza, la autoridad de mesa deberá pedirle a éste que acredite su identidad, permitirle el acceso al cuarto oscuro y dejar asentados los datos del asistente (Nombre, Apellido y DNI) en el sector del padrón previsto para Observaciones.
Quien asista a un elector con discapacidad, debe ser mayor de 18 años y presentar su documento al presidente de Mesa.
Ninguna persona, podrá asistir a más de un elector en una misma elección.
Únicamente el presidente de Mesa está habilitado para asistir a más de un elector con discapacidad por acto electoral.
Beneficiarios del voto Accesible
Los destinatarios incluyen tanto a las personas con discapacidad - motriz, sensorial, mental o visceral - como a aquellas que presenten limitaciones que interfieran en su desplazamiento, visión, orientación y comunicación. Estas limitaciones pueden ser de características permanentes o temporales, visibles o invisibles.
Se incluye de este modo - entre otros - a los adultos mayores, las mujeres embarazadas, las personas que sufren lesiones temporales en miembros superiores o inferiores y las personas con diversas "discapacidades invisibles" (cardiopatías, pacientes dializados u oncológicos, enfermedades psiquiátricas no incapacitantes, entre otros)
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